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Las empresas sanitarias tienen por obligación respetar y mantener las presiones mínimas y máximas de servicio señaladas en la norma chilena NCh 691.Of98, y son las siguientes:
A nivel de terreno sobre la tubería, la presión mínima de servicio en las tuberías de distribución, excluyendo el arranque, debe ser
147 kPa (1,5 kgf/cm2 = 15 mca), para el consumo máximo horario, con una pérdida de carga máxima de 49 kPa (5 mca) en el arranque.
A nivel de terreno sobre la tubería, la presión estática en tuberías de distribución no debe ser mayor que 686,47 kPa (7 kgf/cm2 = 70 mca)
En el caso de uso de grifos, la presión mínima en la red a nivel de terreno, calculada con las condiciones indicadas en 7.1.1. de esta norma, debe ser igual o mayor que 49,03 kPa (0,5 kgf/cm2 = 5 mca). Donde:
- kgf/cm2: kilógramo fuerza por centímetro cuadrado
- mca: metros de columna de agua
- kPa: kilopascales
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