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Formalización de concesionarios y prestadores de servicios sanitarios en explotación. Acompaña Minuta de antecedentes a presentar. (ORD. Nº 249/90).
Formalización de concesiones a prestadores de servicios sanitarios con menos de 500 arranques de agua potable. De acuerdo a la legislación sanitaria vigente, tales prestadores no están obligados a constituir sociedades anónimas, a diferencia de lo que se exige para aquellos que tengan un número de arranques superior al indicado; no obstante deben formalizar su concesión, para lo cual deberán acompañar los antecedentes indicados en la minuta adjunta al presente oficio.(ORD. Nº 246/90).
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