|
En la aplicación de la Ley General de Servicios Sanitarios, D.F.L. MOP N°382/1988, le corresponde a la SISS estudiar las solicitudes de nuevas concesiones de servicios sanitarios, así como sus ampliaciones, y recomendar su otorgamiento si así corresponde. La SISS además debe licitar aquellas áreas que no se encuentran atendidas con servicio sanitario y que lo requieren, no habiendo sido solicitadas por ninguna empresa sanitaria.
|